En su alegato final, el fiscal José Luis Torres quien ejerció la acusación, mencionó que durante el proceso no comparecieron testigos que puedan avalar los documentos admitidos como medios probatorios, por lo que pidió la absolución así como la defensa técnica.

De esta manera, el Tribunal de Sentencia, compuesto por los jueces Mario Francisco Peralta Ovelar, Ana Graciela Aguirre Núñez y Mirna Carolina Ocampos Ramirez, absolvió a Proto José David Rojas Maíz, de 45 años, de profesión contador, de reproche y pena.

Según la lectura de sentencia, no se pudo comprobar durante el juicio oral la existencia del hecho punible de violencia familiar por orfandad de pruebas.

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